Abril trae tres feriados obligatorios: conozca cómo se pagan y cuándo aplican horas triples
El artículo 148 del Código de Trabajo establece que el Jueves y Viernes Santo, así como el 11 de abril son feriados de pago obligatorio.
Abril llegará con tres feriados de pago obligatorio, lo que suele generar dudas entre trabajadores y empleadores sobre la forma correcta de remunerarlos y las condiciones aplicables si se laboran.
Los primeros feriados corresponden a Semana Santa: el jueves 2 y el viernes 3 de abril. A estos se suma el sábado 11 de abril, fecha en la que se conmemora la gesta heroica de Juan Santamaría en la Batalla de Rivas.
Estas tres fechas están catalogadas como feriados de pago obligatorio, según lo establece el artículo 148 del Código de Trabajo.
¿Cómo se pagan estos feriados?
En el caso de las personas que reciben un salario mensual o con adelanto quincenal, el pago de los días feriados ya se encuentra incluido dentro de su salario ordinario.
Mientras que a las personas con salario semanal, se les debe reconocer el feriado dentro del pago correspondiente a la semana siguiente.
Si bien la normativa establece que las personas no deberían laborar durante los feriados, existen excepciones.
Actividades como la industria turística, el comercio o los servicios que se brindan al exterior suelen requerir continuidad operativa, por lo que los trabajadores pueden estar obligados a laborar esos días.
En esos casos, el empleador debe pagar el feriado doble. Esto implica que quienes reciben salario mensual deben recibir un pago adicional, mientras que quienes ganan por semana deben recibir el doble de su salario diario.
Para este año, la legislación no contempla el traslado de estos feriados, por lo que deberán disfrutarse exactamente en las fechas correspondientes.

