Plan del SINAC para regular refugio Gandoca-Manzanillo es inconstitucional, resuelve Sala IV
Los magistrados dieron un año al SINAC para corregir los vicios encontrados, de lo contrario eliminará el plan del ordenamiento jurídico nacional.
El Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Gandoca-Manzanillo, elaborado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), es inconstitucional.
Así lo resolvió este miércoles la Sala Constitucional en un fallo que también analizó otros dos acuerdos relacionados con el Caribe costarricense.
Según los magistrados, el cuestionado plan del SINAC vulneró los artículos 50 y 89 de la Constitución Política y la "Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas", popularmente conocida como "Convención de Ramsar”.
La acción, presentada por activistas de la zona del Caribe, cuestionaba que el plan excluyó zonas de humedales y bosque del refugio de manera indebida.
Por esa razón, dio al SINAC un año para corregir los vicios señalados, de lo contrario eliminará de forma definitiva el plan del ordenamiento jurídico costarricense.
En la resolución de hoy, la Sala también determinó que la directriz N° 09-2023 del ministro de Ambiente y Energía es inconstitucional “por lesionar los numerales 50 y 89 de la Constitución Política”
“Dicha disposición contenía lineamientos dirigidos a funcionarios del ministerio, opuestos a la tutela ambiental dispuesta por la Sala de áreas forestales y de humedales en las sentencias 12745-2019, 3959- 2024 y 10951-2024”, precisó la sentencia.
Finalmente, se declaró inadmisible la acción sentada contra el Plan Regulador Costero Talamanca-Distrito Cahuita, debido a que aún no se ha terminado el trámite de dicho instrumento en virtud.