Por Paulo Villalobos 7 de octubre de 2025, 15:55 PM

El Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José concedió, este martes, la extradición del abogado Celso Gamboa.

La resolución llega cuando se cumplen los 107 días desde la detención del exmagistrado y exministro de Seguridad Pública.

Estados Unidos requiere al también exfiscal para procesarlo por los presuntos de fabricación y distribución de cocaína, así como de asociación delictuosa, según la acusación emitida el 9 de julio anterior por un gran jurado federal del Distrito Este de Texas.

La investigación realizada por la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) relaciona a Gamboa con una organización criminal que operaba a lo largo de América.

Específicamente, la pieza con los cargos —de la que Teletica.com tiene copia— señala que el jurista de profesión aparentemente se involucró en actividades criminales desde, al menos, 2020.

La acusación incluso señala al exmagistrado como uno de los líderes de una estructura que incluso tenía vínculos con el Clan del Golfo en Colombia, así como con el Cártel de Sinaloa en México; pero que también trabajaba en siete países.

El objetivo del grupo era llevar grandes cantidades de droga a Estados Unidos. Para ello, dice el documento, la organización contaba con infraestructura sofisticada para fabricar, adquirir, almacenar y distribuir cocaína.

De igual forma, se apunta que, para el transporte de las sustancias ilícitas, se echaba mano de lanchas rápidas, de carga y de pesca, embarcaciones sumergibles, aeronaves, vehículos motorizados, entre otros medios para contrabandear la cocaína.

Las ganancias derivadas de esa supuesta actividad eran posteriormente distribuidas a lo largo de los países que en apariencia eran utilizados como ruta de la cocaína.

Es por lo anterior que Estados Unidos también pretende el decomiso de bienes de Gamboa en Costa Rica

Para fundamentar la pieza de cargos, el país requiriente asegura tener pruebas electrónicas legalmente obtenidas (incluidas grabaciones de audio y video), el testimonio de testigos colaboradores y fuentes confidenciales, además de evidencias documentales y físicas obtenidas a partir de inspecciones e incautaciones de contrabando.

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