Por Juan José Herrera 8 de octubre de 2025, 8:55 AM

La Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) pidió a la Asamblea Legislativa, este martes, levantar la inmunidad del presidente Rodrigo Chaves por presunta beligerancia política.

Esa solicitud, que se tramitará bajo el expediente 25.230, incluye 15 de las 24 denuncias presentadas, en distintas fechas, contra el mandatario.

En la lista de denunciantes están, entre otros, el presidente del Partido Liberación Nacional, Ricardo Sancho; el presidente del Partido Acción Ciudadana, Fabián Solano; los hoy diputados Antonio Ortega (FA), Luis Fernando Mendoza (PLN) o Johanna Obando (independiente); un candidato presidencial (Claudio Alpízar) y ciudadanos como Óscar Aguilar y Giovanni Delgado.

Pero, ¿qué dicen esas denuncias?

La de Aguilar, por ejemplo, se presentó en febrero pasado y versa sobre el uso de la imagen del jaguar en el gobierno de Chaves, esto pese a que el partido Movimiento Tiempo de Valientes (Motiva) lo utiliza como emblema.

Motiva es, precisamente, uno de los partidos que conforman la “coalición de hecho” que encabeza Pueblo Soberano, partido que impulsa a la candidata Laura Fernández.

La de Ricardo Sancho, presentada en marzo anterior, cuestiona el mensaje que ofreció el mandatario en el inicio del curso lectivo 2025, cuando aseguró a un grupo de estudiantes del Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios que los cambios que el país necesita requieren de 40 diputados en la Asamblea Legislativa.

“Tienen que entender qué tipo de futuro quieren y qué cambios son necesarios para llegar ahí, cuánta capacidad de reforma se necesita para llegar ahí. Mi hipótesis, convencimiento, es que Costa Rica necesita hacer cambios que requieren al menos 40 diputados en la Asamblea Legislativa que viene”, afirmó en aquella ocasión.

Claudio Alpízar, a su vez, cuestionó que las presentaciones públicas del mandatario y sus manifestaciones afectaban principios constitucionales como el de “equidad en la contienda y el de imparcialidad de las autoridades gubernamentales frente a los procesos electorales”. Por esa denuncia, se tramitó un amparo electoral contra Chaves.

Antonio Ortega había denunciado al mandatario por la conferencia de prensa que realizó en enero pasado, cuando anunció las renuncias de los ministros Laura Fernández (Presidencia), Mauricio Batalla (Obras Públicas y Transportes), Anna Katharina Müller (Educación Pública) y Francisco Gamboa (Economía, Industria y Comercio); así como el entonces presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), Osvaldo Artavia.

Fernández hoy es candidata a la presidencia, Gamboa a vicepresidente y Müller a diputada, todos con Pueblo Soberano.

“Una conferencia pagada con recursos públicos que convirtieron en la primera plaza pública de su campaña. Lo dijimos y lo reafirmamos: con la inteligencia de Costa Rica no se juega, y usar los recursos del Ejecutivo para hacer campaña amerita someterse a un proceso y a sus respectivas sanciones”, dijo ayer Ortega.

Mendoza, por su parte, cuestionó el actuar de Chaves en las celebraciones del 25 de julio en Guanacaste, cuando el mandatario hizo su tradicional llamado a tener 40 diputados en la próxima Asamblea Legislativa, “incurriendo en un solapado acto proselitista”, insistió el legislador.

La beligerancia política es entendida como la prohibición absoluta que tienen los funcionarios públicos de alto rango, entre ellos el Presidente, para realizar cualquier manifestación o participar de actividades de carácter político-electoral.

Específicamente, el artículo 146 del Código Electoral, restringe a quienes ocupen esos cargos de “participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes ni reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidista de cualquier otro género”.

De ser declarado culpable, Chaves se expondría al castigo previsto en el artículo 283 del Código Electoral, que conlleva la destitución de su cargo y una pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos que va desde los 2 hasta los 8 años.

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