No solo son votos: Esto necesita el Congreso para resellar proyecto de pensiones anticipadas
Los “graves vicios de inconstitucionalidad” que el Poder Ejecutivo denunció en la propuesta obligarán a los diputados a realizar un procedimiento adicional en busca de convertir la iniciativa en ley.
Resellar el proyecto que pretende permitir la pensión anticipada en un sector del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) necesitará más que la voluntad de una mayoría calificada del Congreso.
Los “graves vicios de inconstitucionalidad” que el Poder Ejecutivo y el presidente Rodrigo Chaves denunciaron en la propuesta, ya aprobada en segundo debate, obligarán a los diputados a enviar el expediente a la Sala Constitucional.
Ahí, serán los magistrados los que deberán determinar si esos alegatos del Ejecutivo tienen fundamento; o si, por el contrario, son rechazados.
“Los diputados tienen que mandarlo a la Sala primero, si la Sala declara que es inconstitucional hasta ahí llega, se archiva; pero si se rechazan los señalamientos, los diputados entran a conocer el veto por razones de oportunidad”, resumió Rubén Hernández, experto constitucionalista.
El Gobierno justificó ese veto total en tres puntos: la presunta violación al principio de igualdad ante la ley; una posible lesión a los principios de razonabilidad técnica e interdicción de arbitrariedad, y la eventual violación al principio de sostenibilidad financiera.
El primero porque, según el Ejecutivo, los agentes del OIJ beneficiados con la propuesta se podrían pensionar a los 55 años, un trato diferenciado a otros funcionarios públicos, incluso del mismo Poder Judicial.
Ahí mismo destaca esa primera posible violación a la Constitución Política, que defiende que toda persona es igual ante la ley y que no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.
“Su promulgación vulneraría principios constitucionales esenciales -como la igualdad ante la ley, la interdicción de la arbitrariedad, la razonabilidad técnica y la sostenibilidad financiera- y afectaría negativamente el equilibrio de las finanzas públicas, el funcionamiento del régimen previsional del Poder Judicial y el cumplimiento de los fines del Estado Social de Derecho”, reza el veto.
Así, la propia Sala explicó que, igual que con una consulta facultativa, los magistrados tendrán 30 días naturales, a partir de la recepción del expediente, para pronunciarse sobre el fondo de lo señalado.
En caso de que esos presuntos vicios sean dados como ciertos, el proyecto debe archivarse, pues en este momento no existiría posibilidad de enmienda.
Si la Sala desestimara esos alegatos, el expediente regresaría a la Asamblea y ahí los diputados iniciarían el debate sobre las razones de oportunidad y conveniencia denunciadas por el Gobierno.
En ese escenario se necesitarían al menos 38 votos para que el Congreso imponga su voluntad y convierta en ley la propuesta a pesar de las quejas del Ejecutivo, como ya sucedió con otras propuestas de la actual administración.