Por Juan José Herrera |27 de agosto de 2025, 16:25 PM

El diputado del Liberal Progresista, Gilberto Campos, presentó este miércoles un proyecto de ley que castigaría con hasta tres años de prisión a quien clone la voz o identidad de una persona mediante inteligencia artificial.

Se trata del expediente 25.171, que reforma los Códigos Penal, Electoral y Civil como una medida para, según Campos, atacar la desinformación ciudadana y el daño reputacional de los individuos.

“Hoy, a través de la inteligencia artificial, muchas personas son víctimas de estafas y engaños. Principalmente, porque utilizan la voz clonada, la imagen clonada o incluso construcciones artificiales para hacer caer a las personas en engaño y así estafarlas o lograr procesos delictivos.

“Está amparado a normativas europeas y a través del derecho comparado con otras leyes que han venido apareciendo en diferentes países justamente porque nos enfrentamos a un problema nunca visto, a la clonación de su voz para producir cosas que permiten el engaño y el delito”, indicó el diputado Campos.

El proyecto modifica el artículo 230 del Código Penal para incorporar la suplantación de identidad mediante ‘deepfakes’ entendidos como contenidos audiovisuales manipulados con IA, capaces de sintetizar o alterar imágenes, videos o audios para aparentar autenticidad.

También modifica el artículo 136 del Código Electoral para establecer la prohibición de cualquier forma de propaganda mediante esta tecnología con el fin de inducir a la ciudadanía a “adherirse o apartarse de agrupaciones políticas mediante contenidos falsos o generados artificialmente”.

Además, se añade un artículo 136 bis que prohíbe “el uso, creación o difusión de materiales audiovisuales o sonoros elaborados o modificados con inteligencia artificial, incluyendo deepfakes, suplantación de voz o herramientas similares destinadas a falsificar declaraciones, acciones o apariencia de candidatos, partidos políticos o autoridades electorales; o inducir a error a los electores respecto a propuestas, eventos o contextos del proceso”.

Finalmente, se modifica el artículo 47 del Código Civil para incluir estas herramientas como prohibiciones aplicables al uso de fotografías o imágenes de una persona real o editada digitalmente sin su consentimiento.

El proyecto será asignado a comisión para su análisis y discusión.

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